Resumen del Artículo Disposición adicional sexta

Artículo Disposición adicional sexta del Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) — Disposición adicional sexta. Disposiciones aplicables a las Universidades Públicas. 1. A efectos de lo establecido en el apartado 2 del artículo 80, para los contratos que adjudiquen las Universidades Públicas dependientes de las Comunidades Autónomas, surtirán efecto los…

LCSPVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional sextaDisposición adicional sexta

Disposición adicional sexta. Disposiciones aplicables a las Universidades Públicas.

1. A efectos de lo establecido en el apartado 2 del artículo 80, para los contratos que adjudiquen las Universidades Públicas dependientes de las Comunidades Autónomas, surtirán efecto los acuerdos de clasificación y revisión de clasificaciones adoptados por los correspondientes órganos de la Comunidad Autónoma respectiva.

2. No será exigible la clasificación a las Universidades Públicas para ser adjudicatarias de contratos en los supuestos a que se refiere el apartado 1 del artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Norma publicada: 8 de noviembre de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional sexta

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional sexta del LCSP?

Disposición adicional sexta. Disposiciones aplicables a las Universidades Públicas. 1. A efectos de lo establecido en el apartado 2 del artículo 80, para los contratos que adjudiquen las…

¿El Artículo Disposición adicional sexta del LCSP está vigente?

El artículo Disposición adicional sexta del LCSP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional sexta dentro del LCSP?

Se encuentra en la estructura: LIBRO CUARTO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional sexta?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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